Solicitud de visa
Visa de turismo (tarjeta turística):
La visa de turismo o tarjeta turística se utiliza solamente para viajes de turismo a Cuba. Válida para una sola entrada al territorio nacional en un viaje de 30 días y puede prorrogar 30 días más en el buró del hotel donde se hospeda o ante las autoridades migratorias.
Los menores de edad deben tener su tarjeta de turismo aun cuando estén representados por los padres o reflejados sus datos en los pasaportes de éstos.
Documentos necesarios para su obtención directamente en el consulado:
- Pasaporte válido
- LLenar la planilla correspondiente
- Debe abonar el arancel consular estipulado en efectivo 75.oo BsF
Visa familiar (A-2):
Los cónyuges o hijos de ciudadanos cubanos de otra nacionalidad que viajan a Cuba y desean permanecer en casa de sus familiares cubanos, deben presentar el pasaporte y documento que avale el parentesco.
- Pasaporte valido y vigente.
- LLenar la planilla correspondiente.
- Acreditación de matrimonio y/o nacimiento que avale el parentesco con el ciudadano cubano
- Pago del arancel consular estipulado para este servicio en efectivo 400.00 Bsf
Visas de periodista (D-6):
La visa de periodista debe solicitarse por el interesado a la oficina de prensa en la Embajada de Cuba y una vez que se notifique al Consulado la aprobación, el interesado se presentará en el Consulado en horario de atención al público.
Documentos a presentar:
- Pasaporte válido
- Llenar la planilla correspondiente
- Abonar el arancel consular estipulado para este servicio en efectivo 400.00 Bsf
Visas de negocios:
Las visas de negocios deben solicitarse por el interesado a la oficina comercial en la Embajada de Cuba y una vez que se notifique al Consulado la aprobación, el interesado se presentará en el Consulado en horario de atención al público.
Documentos a presentar:
- Pasaporte valido
- Llenar la planilla correspondiente
- Abonar el arancel consular estipulado para este servicio en efectivo 400.00 Bsf
Otras visas:
Existen otros tipos de visas, en dependencia del objetivo del viaje que se quiera realizar: visas de estudiantes, visas de eventos, entre otras. Para poder obtener alguna de ella, el interesado deberá ponerse en contacto con el Consulado de Cuba.
- Pasaporte valido
- Llenar la planilla correspondiente
- Abonar el arancel consular estipulado para este servicio en efectivo 400.00 Bsf
Visa de turismo (tarjeta turística):
La visa de turismo o tarjeta turística se utiliza solamente para viajes de turismo a Cuba. Válida para una sola entrada al territorio nacional en un viaje de 30 días y puede prorrogar 30 días más en el buró del hotel donde se hospeda o ante las autoridades migratorias.
Los menores de edad deben tener su tarjeta de turismo aun cuando estén representados por los padres o reflejados sus datos en los pasaportes de éstos.
Documentos necesarios para su obtención directamente en el consulado:
- Pasaporte válido
- LLenar la planilla correspondiente
- Debe abonar el arancel consular estipulado en efectivo 75.oo BsF
Los cónyuges o hijos de ciudadanos cubanos de otra nacionalidad que viajan a Cuba y desean permanecer en casa de sus familiares cubanos, deben presentar el pasaporte y documento que avale el parentesco.
- Pasaporte valido y vigente.
- LLenar la planilla correspondiente.
- Acreditación de matrimonio y/o nacimiento que avale el parentesco con el ciudadano cubano
- Pago del arancel consular estipulado para este servicio en efectivo 400.00 Bsf
La visa de periodista debe solicitarse por el interesado a la oficina de prensa en la Embajada de Cuba y una vez que se notifique al Consulado la aprobación, el interesado se presentará en el Consulado en horario de atención al público.
Documentos a presentar:
- Pasaporte válido
- Llenar la planilla correspondiente
- Abonar el arancel consular estipulado para este servicio en efectivo 400.00 Bsf
Las visas de negocios deben solicitarse por el interesado a la oficina comercial en la Embajada de Cuba y una vez que se notifique al Consulado la aprobación, el interesado se presentará en el Consulado en horario de atención al público.
Documentos a presentar:
- Pasaporte valido
- Llenar la planilla correspondiente
- Abonar el arancel consular estipulado para este servicio en efectivo 400.00 Bsf
Existen otros tipos de visas, en dependencia del objetivo del viaje que se quiera realizar: visas de estudiantes, visas de eventos, entre otras. Para poder obtener alguna de ella, el interesado deberá ponerse en contacto con el Consulado de Cuba.
- Pasaporte valido
- Llenar la planilla correspondiente
- Abonar el arancel consular estipulado para este servicio en efectivo 400.00 Bsf
Visa de turismo (tarjeta turística):
La visa de turismo o tarjeta turística se utiliza solamente para viajes de turismo a Cuba. Válida para una sola entrada al territorio nacional en un viaje de 30 días y puede prorrogar 30 días más en el buró del hotel donde se hospeda o ante las autoridades migratorias.
Los menores de edad deben tener su tarjeta de turismo aun cuando estén representados por los padres o reflejados sus datos en los pasaportes de éstos.
Documentos necesarios para su obtención directamente en el consulado:
- Pasaporte válido
- LLenar la planilla correspondiente
- Debe abonar el arancel consular estipulado en efectivo 75.oo BsF
Visa familiar (A-2):
Los cónyuges o hijos de ciudadanos cubanos de otra nacionalidad que viajan a Cuba y desean permanecer en casa de sus familiares cubanos, deben presentar el pasaporte y documento que avale el parentesco.
- Pasaporte valido y vigente.
- LLenar la planilla correspondiente.
- Acreditación de matrimonio y/o nacimiento que avale el parentesco con el ciudadano cubano
- Pago del arancel consular estipulado para este servicio en efectivo 400.00 Bsf
Visas de periodista (D-6):
La visa de periodista debe solicitarse por el interesado a la oficina de prensa en la Embajada de Cuba y una vez que se notifique al Consulado la aprobación, el interesado se presentará en el Consulado en horario de atención al público.
Documentos a presentar:
- Pasaporte válido
- Llenar la planilla correspondiente
- Abonar el arancel consular estipulado para este servicio en efectivo 400.00 Bsf
Visas de negocios:
Las visas de negocios deben solicitarse por el interesado a la oficina comercial en la Embajada de Cuba y una vez que se notifique al Consulado la aprobación, el interesado se presentará en el Consulado en horario de atención al público.
Documentos a presentar:
- Pasaporte valido
- Llenar la planilla correspondiente
- Abonar el arancel consular estipulado para este servicio en efectivo 400.00 Bsf
Otras visas:
Existen otros tipos de visas, en dependencia del objetivo del viaje que se quiera realizar: visas de estudiantes, visas de eventos, entre otras. Para poder obtener alguna de ella, el interesado deberá ponerse en contacto con el Consulado de Cuba.
- Pasaporte valido
- Llenar la planilla correspondiente
- Abonar el arancel consular estipulado para este servicio en efectivo 400.00 Bsf

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